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La baja por paternidad ha evolucionado muchísimo en estos últimos años, adaptándose a las exigencias de la sociedad. Ha sido un tema de debate no solo en nuestro país, si no en varios países. Y es que, a partir de 2017, los trabajadores autónomos podéis acceder a un permiso de paternidad remunerado, ampliando de esta forma, los derechos en este aspecto.
El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, hizo mejoras en la protección social de los trabajadores autónomos, incluyendo la ampliación del permiso de paternidad a 8 semanas y el derecho a recibir una prestación económica durante este período. Esto se puede ampliar en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple.
Lo primero es estar dado de alta como trabajador autónomo y estar al corriente de tus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Esto quiere decir que debéis estar al corriente de pago de las cotizaciones a la Seguridad Social.
También es necesario haber cotizado como mínimo por contingencias comunes al menos 180 días en los últimos 7 años, o 360 días a lo largo de tu vida laboral.
Una vez que se produzca el hecho que da lugar a la baja por paternidad, debéis informar a la Seguridad Social sobre el nacimiento o la adopción de tu hijo dentro de los 15 días hábiles siguientes.
La solicitud de la prestación por paternidad debe presentarse en un plazo de 15 días hábiles a partir del inicio de la baja por paternidad.
La duración de la baja por paternidad para autónomos en España es de 16 semanas, ampliables en casos de parto, adopción o acogimiento múltiple.
Eso sí, si no quieres que “todo “ se te venga encima, te aconsejamos que días antes de tu baja planifiques con tus compañeros de trabajo, tus empleados y clientes tu intención de coger la baja de paternidad para evitar contratiempos en tu trabajo
Paso a paso:
Solicitud a la Seguridad Social
Descarga el formulario correspondiente a la solicitud de la prestación por paternidad en la página web de la Seguridad Social (www.seg-social.es) y rellénalo.
El formulario es el modelo oficial denominado «TA 521/1».
Prepara tu DNI, el libro de familia, el certificado de nacimiento del bebé y cualquier otro documento que pueda ser solicitado. Es posible que también debas proporcionar información sobre tu actividad como autónomo.
Una vez completado el formulario y reunida la documentación, puedes presentar la solicitud en una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) o a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Recuerda que la solicitud debe presentarse dentro de los 15 días hábiles siguientes al inicio de la baja por paternidad. Es recomendable hacerlo lo antes posible para evitar retrasos.
Una vez presentada la solicitud, la Seguridad Social evaluará tu caso y, si cumples los requisitos, aprobará la prestación económica correspondiente. El pago se realiza mensualmente durante el período de baja.
Desde PH, te damos la enhorabuena si estás esperando la llegada de tu bebé o si ya has sido padre. Si necesitas apoyo para la gestión de este o cualquier otro trámite, ponte en contacto con nosotros a través de nuestro Formulario de Contacto o Whatsapp
fuente: https://www.seg-social.es/
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